España ha estado a la cabeza en la promoción de las renovables en Europa, pero sigue a la cola de los grandes países en relación a permitir la generación distribuida y el autoconsumo con renovables. ¿Porqué? Seguramente porque el lobby de las eléctricas es excesivamente poderoso todavía. Pero como bien dice Tomás Díaz en un buen artículo en la revista Energías Renovables, el autoconsumo está de moda, y la próxima aprobación de un Real Decreto para la conexión de instalaciones de pequeña potencia le puede dar el espaldarazo definitivo. Usted podrá generar y consumir su propia energía y más barata que la que compra en la red, y los excedentes vertirlos a la red algo que ahora no es posible.
Sin embargo las cosas no son fáciles porque elaborar la regulación que nos permita producir y consumir nuestra propia electricidad, al igual que ya hacen alemanes, italianos o belgas, debía contar con la oposición y los obstáculos de las grandes empresas, a las que se les acababa el chollo del oligopolio. Y las zancadillas empiezan a aparecer por el lado técnico del asunto; era previsible, porque no hay muchos argumentos para justificar que no te dejen generar tu propia luz cuando te salga más barato que adquirirla. Y Díaz lo explica bastante bien en su argumentación:
Para regular el autoconsumo, el Gobierno ha optado por un mecanismo de balance neto –el net metering aplicado en EE UU–, que compensa los saldos entre la energía producida por la instalación y la energía consumida por el usuario de la instalación. El caso ideal es que se autoconsuman todos los kWh que se puedan y que, por cada kWh excedentario –no consumido e inyectado a la red– se tenga derecho a no pagar otro kWh adquirido de la red cuando se desee consumir y la instalación no esté produciendo.
Para la aplicación del balance neto con renovables intermitentes como la fotovoltaica o la mineólica es muy importante el tratamiento de la energía excedentaria, ya que el perfil de producción no suele coincidir con el perfil de consumo. La clave está en el plazo durante el cual se tenga derecho a ejercer la compensación entre los kWh excedentarios y los kWh gratuitos que se obtienen a cambio; un año es razonable, puesto que con ello se puede, por ejemplo, compensar en invierno los kWh que mis paneles solares inyectan a la red cuando me voy de vacaciones en verano.
Pues bien, el borrador de Real Decreto de conexión de instalaciones de pequeña potencia indica que la compensación entre la electricidad producida y la consumida se establecerá “en las condiciones y períodos horarios que se determinen”, y ya se oye por ahí que eso supone que la compensación se tiene que hacer hora a hora, y que los kWh excedentarios deben cobrar el precio de casación del Mercado de la Electricidad o Pool.
Cualquiera que tenga a mano un recibo puede comprobar que al consumidor final la electricidad no se la cobran al precio del Pool. Pero, de todos modos, la principal razón para aplicar ese esquema de compensación, hora a hora, es que condena a las instalaciones renovables de autoconsumo a tener un tamaño muy pequeño, para que se minimice su energía excedentaria, porque el precio del Pool no les compensará hasta dentro de unos cuantos años.
Que el balance neto se regule “en las condiciones y períodos horarios que se determinen”, no debe significar que se aplique hora a hora, sino que se tengan en cuenta las diferencias de precio de la electricidad en las distintas franjas horarias, los costes fijos del sistema –como las redes–, y los impuestos. ¡No al balance neto hora a hora!
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